- Ejercer con personal técnico responsable en organismos oficiales y empresas privadas del sector turístico. En caso de empresas de viajes y turismo, de agencias de viajes y de agencias de pasajes, desempeñarse como idóneos en los términos y condiciones establecidos por la ley nacional número 18829.
- Efectuar la promoción de ella y de los centros turísticos.
- Realizar relevamientos e investigaciones turísticas.
- Participar en la formulación, ejecución y evaluación de planes turísticos y de política turística.
- Organizar, dirigir y asesorar centros de formación e investigación turística.
- Organizar, promocionar, contratar y vender viajes y transportación con arreglo a las normas y legislaciones vigentes.
- Asesorar en materia turística a las empresas Hoteleras, de transporte y de recreación.
- Ejercer como personal técnico en los Institutos hoteleros y gastronómicos privados de diferentes categorías.
- Administrar las diferentes empresas Hoteleras y Turísticas.
- Operar sistemas informáticos vinculados con el turismo.
- Organizar congresos y eventos.